El Reglamento Europeo (CE) 561/2006, junto con el paquete de movilidad I de la UE establece un marco unificado de regulaciones de conducción de la UE que abarca los tiempos máximos diarios y quincenales de conducción, así como los períodos mínimos de descanso diarios y semanales, aplicables a conductores tanto de vehículos de transporte de mercancías por carretera como de transporte de pasajeros. Los objetivos principales de estas regulaciones son mejorar las condiciones de trabajo, reforzar la seguridad de los conductores, promover prácticas de conducción respetuosas con el medio ambiente y fomentar la competencia justa dentro de la industria del transporte. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas normas europeas de conducción pueden estar sujetas a ciertas excepciones y derogaciones nacionales.
Si tiene una empresa de transporte de larga distancia, por ejemplo, con viajes dentro de Europa, su empresa tiene que cumplir estas disposiciones. Esto no tiene por qué ser necesariamente un problema para sus conductores, que tienen la ayuda del tacógrafo para medir su tiempo de conducción y de descanso, pero puede ser un reto para los gestores de flota, que deben asignar nuevos servicios a los conductores. Tienen que calcular si a los conductores les queda suficiente tiempo para poder llevar a cabo los trabajos que se les asigna. Realizar cálculos erróneos puede conllevar infrigir la ley, así como multas cuantiosas, o, por el contrario, puede dejar a conductores y los vehículos inactivos durante demasiado tiempo por miedo a no poder llevar a cabo el trabajo en el tiempo que les queda.
Una vez que su empresa puede calcular estos tiempos con facilidad, entonces es fácil decidir a qué conductores se les puede asignar un nuevo trabajo sin correr el riesgo de infrigir la ley y de las posteriores multas policiales.